Política de condiciones

Condiciones del servicio

Negocio Nitro

Descargar una copia

IMPORTANTE - ESTAS CONDICIONES DE SERVICIO SE APLICAN AL USO POR PARTE DEL LICENCIATARIO DE LOS SERVICIOS Y/O SOFTWARE DE NITRO TAL Y COMO SE DESCRIBEN EN EL PRESENTE DOCUMENTO Y/O EN CUALQUIER FORMULARIO DE PEDIDO Y/O ORDEN DE COMPRA. ESTAS CONDICIONES DE SERVICIO JUNTO CON CUALQUIER FORMULARIO DE PEDIDO U ORDEN DE COMPRA, INCLUYENDO CUALQUIER ADENDA Y ANEXO SE DENOMINAN COLECTIVAMENTE EL "ACUERDO". EL PRESENTE ACUERDO SE CELEBRA ENTRE NITRO SOFTWARE, INC., UNA SOCIEDAD ANÓNIMA DE CALIFORNIA, CON DOMICILIO SOCIAL EN 150 SPEAR ST, STE 1500, SAN FRANCISCO CA 94105 EE.UU. (" Nitro ") Y EL LICENCIATARIO IDENTIFICADO EN EL FORMULARIO DE PEDIDO Y/O PEDIDO DE COMPRA (" Licenciatario ") EN NOMBRE PROPIO Y DE SUS AFILIADOS.

AL UTILIZAR LOS SERVICIOS Y/O CUALQUIER SOFTWARE AQUÍ DESCRITO, USTED GARANTIZA QUE TIENE LA AUTORIDAD PARA OBLIGAR AL LICENCIATARIO Y RECONOCE, EN NOMBRE DEL LICENCIATARIO, QUE HA LEÍDO Y COMPRENDIDO EL CONTENIDO DE ESTE ACUERDO, QUE LO ENTIENDE Y QUE ACEPTA QUEDAR OBLIGADO POR SUS TÉRMINOS. SI CELEBRA ESTE ACUERDO EN NOMBRE DE UNA ENTIDAD, USTED DECLARA Y GARANTIZA A NITRO QUE TIENE AUTORIDAD LEGAL PARA OBLIGAR A DICHA ENTIDAD.

DONDE, Nitro es un proveedor de software y servicios relacionados con la productividad documental y el flujo de trabajo;

CONSIDERANDO QUE, el Licenciatario desea obtener la licencia del software y los servicios de Nitro tal y como se especifica en la Orden de Pedido y/o la Orden de Compra.

POR LO TANTO, en consideración de los pactos y condiciones mutuos contenidos en el presente Acuerdo, las partes acuerdan lo siguiente:

1. DEFINICIONES.

Tal y como se utilizan en el presente Acuerdo, los términos en mayúscula enumerados a continuación tendrán los siguientes significados:

  • 1.1 "Afiliado(s)" significa cualquier entidad controlada directa o indirectamente por, que controla o está bajo el control común de una parte, o que es operada o gestionada de otra manera por el Licenciatario o sus Afiliados a través de un acuerdo de gestión o de explotación o por la propiedad.
  • 1.2 "Documentación" hace referencia a las guías de usuario, los materiales de formación y otros materiales de Nitro, en formato escrito o electrónico, vigentes en ese momento, que se ponen a disposición de sus licenciatarios en relación con los Productos con Licencia.
  • 1.3 "Productos Bajo Licencia" significará el Software y/o los Servicios licenciados al Licenciatario tal y como se especifica en la Orden de Pedido, incluyendo cualquier Actualización del Producto y la Documentación correspondiente.
  • 1.4 "Hoja de Pedido" significa el documento de Nitro identificado como tal que se celebra entre Nitro y el Licenciatario, que se incorpora y forma parte del Acuerdo y que proporciona los detalles de los Productos con Licencia que se suministrarán, la compensación que se pagará y cualquier término adicional no incluido en el presente documento.
  • 1.5 "Actualizaciones del Producto" significa cualquier combinación de correcciones, parches de seguridad, mejoras, modificaciones, revisiones, ampliaciones y/o nuevas funciones que se publiquen para los Productos Licenciados, incluida la Documentación correspondiente.
  • 1.6 "Revendedor" significa un tercero independiente que se dedica a la distribución o reventa de productos y servicios de software. El Licenciatario podrá comprar Productos con Licencia a Nitro a través del Revendedor bajo los términos de este Acuerdo.
  • 1.7 "Servicios" hace referencia a los servicios basados en la nube de Nitro con licencia de Nitro al Licenciatario, tal y como se especifica en el Formulario de Pedido.
  • 1.8 "Software" hace referencia a la aplicación de software de escritorio de Nitro (en forma de código objeto) licenciada por Nitro al Licenciatario tal y como se especifica en la Orden de Pedido.
  • 1.9 "Usuario" significa cualquier empleado, agente y/o contratista del Licenciatario que utilice los Productos Licenciados de conformidad con el presente Acuerdo.

2. CONCESIÓN DE LICENCIA/OTRAS OBLIGACIONES.

2.1 Formulario de pedido. Cada vez que las partes acuerden los Productos con Licencia específicos que serán suministrados por Nitro, las partes acordarán un Formulario de Pedido y dicho documento se incorporará y formará parte del presente Acuerdo. Ningún término o disposición de cualquier orden de compra del Licenciatario u otro formulario o escrito comercial proporcionado por el Licenciatario tendrá efecto alguno sobre los derechos, deberes u obligaciones de las partes en virtud del presente.

2.2 Licencia. Si así se indica en el Formulario de Pedido y con sujeción a los términos y condiciones del presente Acuerdo (incluido el pago por parte del Licenciatario de las tarifas correspondientes), Nitro concede por el presente documento al Licenciatario una licencia no exclusiva e intransferible (salvo lo expresamente permitido en el presente documento), durante el Periodo de Vigencia (tal y como se define en el presente documento), para utilizar los Productos con Licencia únicamente para los fines empresariales internos del Licenciatario y exclusivamente para su finalidad prevista, de acuerdo con las especificaciones establecidas en cualquier Documentación. El uso por parte del Licenciatario estará limitado al número de Usuarios por los que el Licenciatario haya pagado las tarifas correspondientes, tal y como se indica en la Hoja de Pedido.

2.3 Restricciones/Reserva de derechos. Excepto por las Licencias concedidas en este documento, no hay otras licencias, expresas o implícitas, concedidas al Licenciatario. El Licenciatario no podrá y no permitirá que ningún Usuario (a) alquile, preste o relicencie los derechos de acceso y/o uso de los Productos Licenciados; (b) modifique, desensamble, descompile o realice ingeniería inversa del software incluido como parte de los Productos Licenciados; (c) comparta nombres de usuario, contraseñas o códigos de activación; o (d) utilice los Productos Licenciados de cualquier forma no prevista expresamente en el presente Acuerdo. El Licenciatario no podrá utilizar una versión anterior de los Productos bajo Licencia después de recibir una Actualización de Producto como sustitución de una versión anterior y el Licenciatario no podrá utilizar los Productos bajo Licencia en el funcionamiento de ningún equipo en el que el fallo del mismo pueda provocar lesiones personales, la muerte o daños materiales. El Licenciatario no eliminará ni ocultará los avisos de copyright o marca comercial de Nitro, ni los avisos de copyright y marca comercial de terceros que Nitro haya incluido con los Productos con Licencia. El Licenciatario acatará todas las leyes y normativas locales, estatales, nacionales y extranjeras aplicables en relación con su uso de los Productos Licenciados, incluidas todas las leyes y normativas aplicables de control de importaciones, exportaciones y reexportaciones de cualquier país, incluidas las Normativas de Administración de Exportaciones de EE.UU., las Normativas de Tráfico Internacional de Armas de EE. International Traffic in Arms Regulations, el Reglamento (CE) nº 428/2009 del Consejo sobre el control de las exportaciones de productos y tecnología de doble uso, y los programas de sanciones económicas o embargos específicos de un país adoptados contra países o individuos en virtud de cualquier legislación nacional o internacional aplicable, incluyendo cualquier medida aplicada por la Oficina de Control de Activos Extranjeros de EE.UU.. El Licenciatario acepta que, entre el Licenciatario y Nitro, el Licenciatario es el único responsable del cumplimiento relacionado con la forma en que el Licenciatario y sus Usuarios decidan utilizar los Productos con Licencia, incluyendo la transferencia y el procesamiento de contenidos por parte del Licenciatario y sus Usuarios a través de los Productos con Licencia.

2.4 Activación. Una vez ejecutado el presente Acuerdo, Nitro o el Revendedor proporcionarán inmediatamente al Licenciatario un código de activación o una invitación por correo electrónico para activar los Productos con Licencia.

2.5 Transferencia de datos. Si el Licenciatario se encuentra en la Unión Europea o a efectos de la legislación de protección de datos de la UE establecida en la Unión Europea, el Licenciatario acepta y suscribe las Cláusulas Contractuales Tipo 2010 del Controlador al Procesador (Decisión 2010/87/UE de la Comisión) ("CCC C2P"), actualizadas o modificadas de vez en cuando, con Nitro, cuyos términos se incorporan por la presente al presente Acuerdo. A efectos de los CCC C2P, el Licenciatario es el Exportador de Datos y Nitro el Importador de Datos, y la ley aplicable a los CCC C2P es la del Estado miembro de la UE en el que el Licenciatario esté ubicado o establecido. Los apéndices 1 y 2 de los CEC de C2P son los que figuran más particularmente al final de este Acuerdo (Anexo A). En la medida en que los términos de los C2P CCC entren en conflicto con otros términos de este Acuerdo, prevalecerán los términos de los C2P CCC. Nitro se reserva el derecho a rescindir los C2P CCE entre las Partes en caso de que éstas se basen en otra decisión de adecuación de la Comisión Europea para la transferencia de datos personales a Estados Unidos.

2.6 Uso de datos. Las partes acuerdan que Nitro utilizará y divulgará cualquier dato personal (tal y como se define en el DPA) incluido como parte de los datos del cliente (tal y como se define en el DPA) de conformidad con el Anexo de tratamiento de datos ("DPA") que se encuentra en https://www.gonitro.com/legal/nitro-pro/data-processing-addendum/overview, así como su Política de Privacidad ubicada en https://www.gonitro.com/legal/privacy-policy, ambos se incorporan al presente documento como referencia. El Licenciatario declara y garantiza que (i) ha cumplido, y seguirá cumpliendo, con todas las leyes aplicables con respecto a su tratamiento de Datos personales y cualquier instrucción de tratamiento emitida a Nitro; y (ii) ha proporcionado, y seguirá proporcionando, todos los avisos y ha obtenido, y seguirá obteniendo, todos los consentimientos y derechos necesarios en virtud de las leyes aplicables para que Nitro procese Datos personales para los fines descritos en este Acuerdo. El Licenciatario será el único responsable de la exactitud, calidad y legalidad de los Datos Personales y de los medios por los que el Licenciatario adquirió los Datos Personales.

3. APOYO.

Nitro proporcionará al Licenciatario las Actualizaciones de Productos a medida que estén disponibles y proporcionará soporte y servicios de conformidad con su programa de Acceso VIP como se describe en www.gonitro.com/legal/nitro-pro/service-level-agreement-2020. El Licenciatario deberá proporcionar a Nitro la información técnica y la asistencia que Nitro pueda solicitar razonablemente para que pueda proporcionar asistencia.

4. PAGO.

4.1 El Licenciatario pagará a Nitro o al Revendedor las cantidades especificadas en la Orden de Pedido. Si Nitro lo solicita, el Licenciatario se compromete a proporcionar toda la información de facturación y de otro tipo necesaria para que Nitro pueda cobrar el pago. A menos que en la Orden de Pedido se especifiquen los precios para cada año del Periodo de Vigencia, las tarifas por Usuario a pagar por el Licenciatario se incrementarán automáticamente en un 5% cada año del Periodo de Vigencia. A menos que se especifique lo contrario, todos los pagos vencerán a los treinta (30) días de la fecha de la factura. Los pagos vencidos estarán sujetos a un cargo financiero del uno por ciento (1%) por cada mes o fracción de mes que la factura esté vencida, o a la tasa de interés más alta permitida por la ley aplicable, la que sea menor. También se reembolsarán a Nitro o al Revendedor sus gastos de cobro incurridos al intentar cobrar cualquier pago atrasado, incluidos los honorarios razonables de los abogados.

4.2 Los precios indicados en los presupuestos de Nitro o del Revendedor no incluyen ningún impuesto, derecho, tasa o tarifa federal, estatal o de cualquier otro gobierno que se aplique actualmente o en el futuro a los Productos con Licencia. El Licenciatario será responsable y, en caso necesario, reembolsará a Nitro o al Revendedor todos los impuestos, derechos, tasas, impuestos especiales o aranceles, excepto los impuestos que graven los ingresos netos de Nitro o del Revendedor.

5. TÉRMINO/TERMINACIÓN.

5.1 Término. El presente Acuerdo entrará en vigor en la Fecha de Entrada en Vigor y permanecerá en vigor hasta su rescisión conforme a lo dispuesto en el mismo. Cada Orden de Pedido comenzará en la fecha de entrada en vigor indicada en la Orden de Pedido y permanecerá en vigor durante el plazo inicial (si lo hubiera) especificado en la Orden de Pedido ( "Plazo Inicial" ), a menos que se rescinda con anterioridad según lo dispuesto en el presente Al vencimiento del Plazo Inicial y a menos que se acuerde otra cosa en la Orden de Pedido, dicha Orden de Pedido se renovará automáticamente por periodos adicionales equivalentes en duración al Plazo Inicial (cada uno de ellos un "Plazo de Renovación" ) salvo elección en contrario de cualquiera de las partes mediante notificación por escrito a la otra recibida al menos noventa (90) días antes del vencimiento del Plazo vigente en ese momento. El Plazo Inicial y cualquier Plazo de Renovación se denominan colectivamente el "Plazo". Excepto en el caso de Rescisión por Incumplimiento (Sección 5.3(b)), las cuotas de suscripción, una vez abonadas, no son reembolsables y se devengan el primer día del Periodo Inicial o de los sucesivos Periodos de Renovación hasta que se rescindan de conformidad con el presente Acuerdo, independientemente de si el Usuario utiliza o no realmente los Servicios.

5.2 Terminación. Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Acuerdo (y/o cualquier Hoja de Pedido en vigor en ese momento) de forma inmediata, previa notificación por escrito a la otra parte, si ésta comete un incumplimiento material de cualquier obligación derivada del presente Acuerdo que no sea susceptible de ser subsanado o, si el incumplimiento es susceptible de ser subsanado, si no se subsana en los treinta (30) días siguientes a la notificación por escrito del mismo. La rescisión por incumplimiento no impedirá a la parte que la resuelva ejercer cualquier otro recurso por incumplimiento. Cualquiera de las partes podrá también rescindir el presente Acuerdo (y/o cualquier Hoja de Pedido en vigor en ese momento) de forma inmediata mediante notificación por escrito si la otra parte realiza una cesión en beneficio de los acreedores, o si la otra parte inicia cualquier procedimiento de quiebra, reorganización, arreglo de deudas u otro procedimiento en virtud de cualquier ley de quiebra o insolvencia, o si se inicia en su contra y no se desestima en un plazo de sesenta (60) días, o si la otra parte deja de dedicarse activamente al negocio.

5.3 Efecto de la terminación. A la terminación o expiración de este Acuerdo por cualquier razón:

(a) todas las Licencias concedidas en el presente documento terminarán inmediatamente; y

(b) todos los pagos no impugnados debidos y pagaderos a Nitro o al Revendedor por el Licenciatario seguirán siendo debidos y pagaderos de conformidad con los términos del presente (siempre que, en la medida en que el presente Acuerdo sea rescindido por el Licenciatario por incumplimiento y se hayan prepagado tasas y no se hayan utilizado en la fecha efectiva de rescisión o expiración del presente Acuerdo, dichas tasas prepagadas y no utilizadas serán reembolsadas por Nitro.

6. DERECHOS DE PROPIEDAD.

Todos los derechos, títulos e intereses sobre los Productos Autorizados y cualquier copia de los mismos seguirán siendo propiedad exclusiva de Nitro.

(a) El Licenciatario consiente que Nitro se ponga en contacto con el Licenciatario y sus Usuarios con fines de marketing y para solicitar su opinión sobre los Productos con Licencia.

(b) Por la presente, el Licenciatario concede a Nitro el derecho perpetuo y libre de derechos de autor de utilizar cualquier sugerencia, idea, comentario u otras recomendaciones proporcionadas por el Licenciatario en relación con los Productos con Licencia.

(c) Nitro podrá utilizar el nombre del Licenciatario y/o su logotipo en el sitio web de Nitro y en sus materiales de marketing para indicar que el Licenciatario es cliente de Nitro.

7. GARANTÍAS.

7.1 Garantías mutuas. Cada parte declara y garantiza a la otra que (a) está facultada para celebrar y cumplir los deberes y obligaciones descritos en el presente Acuerdo; (b) el cumplimiento de sus obligaciones y deberes descritos en el presente Acuerdo no entra en conflicto con ningún otro acuerdo del que sea parte; y (c) cumplirá con todas las leyes y reglamentos que rigen su actuación en virtud del presente Acuerdo.

7.2 Garantía limitada. Nitro garantiza al Licenciatario que los Productos con licencia funcionarán materialmente de acuerdo con su Documentación vigente en ese momento en condiciones normales de uso y circunstancias. La responsabilidad exclusiva de Nitro y el único y exclusivo recurso del Licenciatario en caso de incumplimiento de las disposiciones de garantía de este Acuerdo será que Nitro proporcione el soporte y los servicios que se encuentran en www.gonitro.com/legal/nitro-pro/service-level-agreement2020. La garantía establecida en esta Sección 7.2 no se aplicará en la medida en que la no conformidad haya sido causada por productos no proporcionados por Nitro, por cualquier modificación no autorizada, abuso o uso indebido de los Productos con licencia, por cualquier falta de uso de la última versión de los Productos con licencia o por cualquier otro evento fuera del control de Nitro.

7.3 Descargo de responsabilidad. SALVO LO DISPUESTO ESPECÍFICAMENTE EN EL PRESENTE ACUERDO, NITRO RECHAZA CUALQUIER OTRA GARANTÍA Y CONDICIÓN, EXPRESA O IMPLÍCITA. NITRO RECHAZA EXPRESAMENTE CUALQUIER GARANTÍA IMPLÍCITA, INCLUIDAS LAS GARANTÍAS DE COMERCIABILIDAD, IDONEIDAD PARA UN FIN DETERMINADO, TITULARIDAD Y NO INFRACCIÓN. NITRO NO GARANTIZA QUE EL FUNCIONAMIENTO DE LOS PRODUCTOS BAJO LICENCIA SEA ININTERRUMPIDO O ESTÉ LIBRE DE ERRORES.

8. LIMITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD.

APARTE DE CUALQUIER ACTO DE NEGLIGENCIA GRAVE O MALA CONDUCTA INTENCIONADA, LAS OBLIGACIONES DE UNA PARTE EN LA SECCIÓN 9, UNA VIOLACIÓN DE LA SECCIÓN 10 O UNA VIOLACIÓN O APROPIACIÓN INDEBIDA DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL DE UNA DE LAS PARTES, NINGUNA DE LAS PARTES SERÁ RESPONSABLE ANTE LA OTRA POR DAÑOS ESPECIALES, INDIRECTOS, EJEMPLARES, PUNITIVOS, INCIDENTALES O CONSECUENTES DE CUALQUIER NATURALEZA. EN CUALQUIER CASO, APARTE DE CUALQUIER ACTO DE NEGLIGENCIA GRAVE O MALA CONDUCTA INTENCIONADA, LAS OBLIGACIONES DE UNA PARTE EN LA SECCIÓN 9, UNA VIOLACIÓN DE LA SECCIÓN 10 O UNA VIOLACIÓN O APROPIACIÓN INDEBIDA DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL DE UNA DE LAS PARTES, LA RESPONSABILIDAD MÁXIMA DE UNA DE LAS PARTES DERIVADA DE ESTE ACUERDO O RELACIONADA DE ALGÚN MODO CON ÉL NO SUPERARÁ LA CANTIDAD PAGADA O PAGADERA A NITRO POR EL LICENCIATARIO DURANTE EL PERIODO DE SEIS MESES INMEDIATAMENTE ANTERIOR A DICHA RECLAMACIÓN. LA GARANTÍA, LA LIMITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD Y LA EXCLUSIVIDAD DE LAS DISPOSICIONES DE REMEDIO EN ESTE ACUERDO SE APLICARÁN A PESAR DE CUALQUIER FALLO DEL PROPÓSITO ESENCIAL DE UN REMEDIO LIMITADO AQUÍ.

9. INDEMNIZACIÓN

9.1 Por Nitro. Durante el Periodo de vigencia, Nitro defenderá, indemnizará y eximirá de responsabilidad al Licenciatario y a sus funcionarios, directores, empleados, usuarios, sucesores y cesionarios, de todas y cada una de las pérdidas, daños y perjuicios, responsabilidades, acuerdos, costes y gastos que resulten o se deriven de cualquier reclamación, demanda o causa de acción de terceros que alegue que los Productos con Licencia infringen cualquier patente, derecho de autor o marca comercial debidamente emitidos o se apropian indebidamente de cualquier derecho de secreto comercial de un tercero ("Claim"). El Licenciatario proporcionará a Nitro una pronta notificación por escrito de cualquier Reclamación y permitirá a Nitro controlar la defensa, el acuerdo, el ajuste o el compromiso de dicha Reclamación. El Licenciatario no tendrá autoridad para resolver ninguna Reclamación en nombre de Nitro. Además, en el caso de que el uso de los Productos con Licencia durante la Vigencia se convierta, o en opinión razonable de Nitro sea probable que se convierta, en objeto de una reclamación por infracción como se indica en esta Sección 9.1, Nitro podrá, a su elección y a sus expensas (a) obtener para el Licenciatario el derecho continuado a utilizar dichos Productos con Licencia; o (b) modificar los Productos con Licencia o sustituirlos por un equivalente sustancialmente funcional para que dejen de infringir; o (c) si ni (a) ni (b) son razonablemente factibles, rescindir la Licencia del Licenciatario sobre dicho Producto Autorizado supuestamente infractor y reembolsar al Licenciatario el importe de las tasas pagadas a Nitro según lo dispuesto en esta Sección, en cuyo caso el presente Acuerdo y el derecho del Licenciatario a utilizar los Productos Autorizados quedarán rescindidos y, dicho reembolso será una parte prorrateada de la tasa pagada con respecto a los mismos, basada en el período de uso, reducida linealmente durante un período de dos (2) años). Esta Sección 9 establece la responsabilidad total de Nitro y el recurso exclusivo del Licenciatario con respecto a cualquier reclamación de infracción de la propiedad intelectual.

9.2 Límites de la indemnización. Nitro no tendrá ninguna obligación en virtud de la Sección 9.1 por cualquier Reclamación basada en el uso por parte del Licenciatario de los Productos con Licencia o de la Documentación en una forma distinta a la proporcionada por Nitro, si dicha reclamación se hubiera evitado mediante el uso de una versión inalterada de los mismos, o basada en el uso de los Productos con Licencia o de la Documentación con otros elementos no proporcionados por Nitro, si dicha reclamación se hubiera evitado mediante el uso de los Productos con Licencia o de la Documentación por sí solos, o basada en la falta de aplicación de las Actualizaciones de los Productos proporcionadas por Nitro, si dicha reclamación se hubiera evitado mediante el uso de las mismas.

9.3 Por el titular de la licencia. Durante la Vigencia, el Licenciatario defenderá, indemnizará y mantendrá indemne a Nitro y a sus directivos, administradores, empleados, sucesores y cesionarios, frente a cualquier pérdida, daño, responsabilidad, acuerdo, coste y gasto derivado o resultante de cualquier reclamación, demanda o causa de acción de terceros derivada, relacionada o resultante de (a) el contenido que el Licenciatario cargue en los Servicios; (b) el incumplimiento por parte del Licenciatario de las actualizaciones requeridas de los Servicios; (c) el uso indebido de los Servicios por parte del Licenciatario; (d) el incumplimiento material del presente Contrato por parte del Licenciatario; o (d) la infracción por parte del Licenciatario de cualquier ley, norma o reglamento aplicable a través del uso de los Servicios o relacionado con el mismo. Nitro proporcionará al Licenciatario una pronta notificación por escrito de cualquier Reclamación y le permitirá controlar la defensa, resolución, ajuste o compromiso de dicha Reclamación. Nitro no tendrá autoridad para resolver ninguna Reclamación en nombre del Licenciatario.

10. CONDICIONES DE SUSCRIPCIÓN A NITRO SIGN

La facturación de los planes Nitro Sign puede basarse en el número de usuarios o en el número de transacciones, firmas o documentos esperados enviados para su firma. Los precios, características y opciones de Nitro Sign dependen del plan de suscripción seleccionado por el Licenciatario, así como de cualquier cambio instigado por el Licenciatario. Por ejemplo, dependiendo del plan de Nitro Sign elegido: (a) si el Licenciatario añade Usuarios, Nitro Sign cobrará el importe de suscripción aplicable por cada Usuario adicional; o (b) si el Licenciatario envía más documentos para su firma de los incluidos en su plan de suscripción, Nitro Sign podrá cobrar por los documentos adicionales o asignar al Licenciatario un nuevo plan de suscripción. El Licenciatario también podrá adquirir servicios opcionales de forma periódica o por uso. Nitro puede cambiar los precios o alterar las características y opciones de un plan de suscripción concreto de Nitro Sign, o añadir nuevas opciones de planes de suscripción sin previo aviso.

Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en este Acuerdo o en una Hoja de Pedido concreta, cuando el plan de suscripción se base en el número de Usuarios, el Licenciatario estará limitado a 150 firmas por Usuario al año sin incurrir en cargos adicionales. En el futuro, Nitro puede añadir opciones adicionales de planes de suscripción basados en el consumo, en función del número de transacciones previstas, firmas o documentos enviados para su firma. Además de cualquier otro derecho contemplado en el presente Acuerdo, Nitro Sign podrá rescindir el contrato del Licenciatario si éste utiliza los servicios de Nitro Sign por encima de los límites anteriores.

11. CONFIDENCIALIDAD.

Cada una de las partes acuerda que durante y después de la existencia de este Acuerdo mantendrá en la más estricta confidencialidad y no utilizará para ningún propósito no relacionado con su ejecución de este Acuerdo ni revelará a ningún tercero, ninguna Información Confidencial de la otra parte. El término "Información Confidencial" significará toda la información no pública, ya sea de naturaleza comercial o técnica, que la otra parte designe como confidencial, o que bajo las circunstancias de su divulgación deba ser tratada como confidencial e incluirá (pero no se limitará a) información relativa a métodos comerciales, planes comerciales, lanzamientos de nuevos productos, información sobre clientes y proveedores, políticas y procedimientos internos y precios y otra información financiera. Ninguna de las partes divulgará los términos o condiciones de este Acuerdo sin el consentimiento previo por escrito de la otra parte, excepto (a) según lo exija la ley o (b) a sus empleados, contratistas o agentes que tengan una necesidad específica de conocer dicha información y que estén bajo una obligación escrita de confidencialidad al menos tan restrictiva como la contenida en esta Sección. No obstante lo anterior, la información no se considerará confidencial si (i) era conocida por la parte receptora, y dicha información fue adquirida a través de los métodos adecuados, antes de su recepción de la parte reveladora, tal y como demuestran los registros escritos de la parte receptora; (ii) es conocida en la actualidad o (sin que medie ningún acto o fallo por parte de la parte receptora) llega a serlo posteriormente sin que medie ningún incumplimiento del presente Acuerdo por parte de la parte receptora; (iii) es suministrada a la parte receptora por un tercero que es libre de realizar dicha divulgación sin restricciones; o (iv) es desarrollada de forma independiente por la parte receptora sin utilizar o hacer referencia a ninguna Información Confidencial suministrada por la parte divulgadora. Las restricciones a la divulgación impuestas por esta Sección no se aplicarán a la información que por ley o por orden de un tribunal, agencia administrativa u otro organismo gubernamental deba ser divulgada por la parte receptora, siempre que en cada uno de estos casos la parte receptora proporcione a la parte divulgadora una pronta notificación por escrito de dicha orden o requisito y ayude razonablemente a la parte divulgadora a obtener una orden de protección u otra reparación adecuada.

12. GENERAL.

12.1 Certificación. Dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a cualquier solicitud de Nitro, o del representante autorizado de Nitro, el Licenciatario deberá proporcionar la documentación completa que indique, y certificar bajo pena de perjurio, que el uso por parte del Licenciatario de todos y cada uno de los Productos con Licencia es conforme con el presente Acuerdo. El Licenciatario también permitirá a Nitro o a sus representantes revisar los registros pertinentes del Licenciatario e inspeccionar sus instalaciones para garantizar el cumplimiento del presente Acuerdo. Nitro avisará al Licenciatario con al menos diez (10) días de antelación de cualquier inspección de este tipo y la llevará a cabo durante el horario laboral normal de forma que no interfiera injustificadamente con las operaciones normales del Licenciatario. En caso de que dicha inspección revele un uso excesivo de los Productos con Licencia por parte del Licenciatario, además de cualquier otro recurso de que disponga Nitro, el Licenciatario abonará a Nitro todas las cantidades pagadas de menos en un plazo de diez (10) días a partir de la fecha de la factura y, si el pago de menos es superior al cinco por ciento (5%) de la tarifa total pagada por el Licenciatario por dichos Productos con Licencia en virtud del presente Acuerdo, el Licenciatario reembolsará también a Nitro los costes razonables en que haya incurrido para realizar dicha inspección.

12.2 Conducta empresarial ética. Nitro está comprometida con la integridad y los altos estándares de conducta empresarial en todo lo que hace, especialmente en sus relaciones con sus clientes, proveedores y contratistas. En consecuencia, Nitro apoya y se compromete a respetar los siguientes principios (i) obedecer las leyes y reglamentos aplicables que rigen su conducta empresarial en todo el mundo, incluyendo en sus prácticas de contratación y las leyes y reglamentos relacionados con la antidiscriminación y el trabajo forzado, obligatorio o infantil; (ii) ser honesto, justo y digno de confianza en sus relaciones y no participar en la corrupción en ninguna forma, incluyendo la extorsión y el soborno; y (iii) esforzarse por crear un lugar de trabajo seguro y proteger el medio ambiente y, a través del liderazgo en todos los niveles, sostener una cultura en la que se reconozca y valore la conducta ética.

12.3 Renuncia/Enmienda. El presente Acuerdo no podrá ser modificado sino mediante un instrumento escrito firmado por ambas partes. El hecho de que una de las partes no haga cumplir alguna de las disposiciones de este Acuerdo no se considerará una renuncia a la aplicación futura de esa o cualquier otra disposición.

12.4 Asignación. Ninguna de las partes podrá ceder el presente Acuerdo, en su totalidad o en parte, sin el consentimiento escrito de la otra parte; no obstante, Nitro podrá ceder el presente Acuerdo sin dicho consentimiento en relación con cualquier fusión, consolidación, venta de todos o casi todos sus activos o cualquier otra transacción en la que se transfiera más del cincuenta por ciento (50%) de sus valores con derecho a voto, con sujeción a todos los términos del presente Acuerdo. Cualquier intento de cesión de este Acuerdo que no sea de acuerdo con esta disposición será nulo y sin efecto.

12.5 Ley aplicable/Honorarios de abogados. Los derechos de las partes en virtud del presente se regirán por las leyes del Estado de California, sin dar efecto a los principios de conflictos de leyes. Cualquier demanda que se interponga en virtud del presente documento se presentará ante los tribunales federales o estatales de San Francisco, CA. En caso de cualquier reclamación, acción o procedimiento judicial que surja en virtud del presente Acuerdo, la parte vencedora tendrá derecho a recuperar los honorarios razonables de abogados y los gastos incurridos en la resolución de dicha reclamación, acción o procedimiento judicial.

12.6 Usuarios del Gobierno. Si el Licenciatario es una rama o agencia del Gobierno de los Estados Unidos, el Licenciatario reconoce y acepta que los Productos Licenciados y la Documentación se califican como artículos comerciales "," tal y como se define dicho término en la Regulación de Adquisiciones Federales ("FAR") (48 C.F.R.) 2.101, consistente en "software informático comercial" y "documentación de software informático comercial" tal y como se utilizan dichos términos en FAR 12.212. El uso de los Productos Licenciados o de la Documentación por parte del Gobierno constituye la aceptación de los derechos y restricciones de este Acuerdo.

12.7 Divisibilidad/Aviso. Si alguna de las disposiciones del presente Acuerdo fuera declarada contraria a derecho por un tribunal de jurisdicción competente, el resto de las disposiciones del presente Acuerdo permanecerán en pleno vigor y efecto. Cualquier notificación, consentimiento u otra comunicación en virtud del presente documento se realizará por escrito y se entregará personalmente, se enviará mediante entrega al día siguiente o se enviará por correo electrónico con acuse de recibo a cualquiera de las partes a sus respectivas direcciones establecidas en la Orden de Pedido (o a cualquier otra dirección facilitada por dicha parte). Las notificaciones a Nitro se enviarán a la atención de su Director General. Las notificaciones se considerarán entregadas en el momento de su entrega.

12.8 Contratistas independientes. La relación de las partes es la de contratistas independientes y nada de lo contenido en el presente Acuerdo se interpretará en el sentido de convertir a cualquiera de las partes en agente, socio, empresa conjunta o representante de la otra a ningún efecto.

12.9 Fuerza Mayor. Aparte de las obligaciones de pago de una de las partes, el incumplimiento de cualquiera de las partes será excusado en la medida en que el cumplimiento se haga imposible por cualquier razón cuando el incumplimiento se deba a causas imprevistas fuera del control razonable de la parte incumplidora.

12.10 Acuerdo completo El presente Acuerdo, incluidos los formularios de pedido, las órdenes de compra, los apéndices o los anexos, constituye el acuerdo completo entre las partes con respecto al objeto del mismo y sustituye a cualquier acuerdo anterior, escrito u oral. En caso de conflicto entre los términos del cuerpo principal de este Acuerdo y cualquier otro documento, el cuerpo principal de este Acuerdo tendrá prioridad a menos que el otro documento esté firmado por un signatario autorizado de ambas partes y sustituya expresamente el término conflictivo en el cuerpo principal de este Acuerdo. Ninguna orden de compra, reconocimiento de ventas, factura u otro documento emitido o presentado por el Licenciatario tendrá efecto alguno sobre los términos de este Acuerdo a menos que dicho documento esté firmado por un signatario autorizado de ambas partes.

12.11 Supervivencia Además de cualquier derecho devengado con anterioridad a la rescisión, las disposiciones de las Secciones 5.3 y 6 a 12 sobrevivirán a cualquier rescisión del presente Acuerdo de conformidad con sus términos.

Prueba A

Exportador de datos

El exportador de datos es el licenciatario que desea obtener una licencia de los servicios y/o el software basados en la nube del importador de datos.

Importador de datos

El importador de datos, Nitro, es un proveedor de servicios y software basados en la nube relacionados con la productividad de los documentos y el flujo de trabajo.

Sujetos de los datos

Los datos personales transferidos se refieren a las siguientes categorías de interesados:

  • El exportador de datos (en la medida en que sea una persona física);
  • Los usuarios de los Servicios y/o del Software; y
  • Los interesados cuyos datos personales hayan sido generados, compartidos, solicitados o cargados por el Exportador de Datos y/o los Usuarios de los Servicios y/o el Software.

Categorías de datos

Los datos personales transferidos son:

  • Los datos personales generados, compartidos, cargados o solicitados por el Exportador de Datos o los Usuarios de los Servicios y/o el Software.

Estos datos personales pueden incluir las siguientes formas:

  • Datos personales contenidos en documentos, imágenes y otros soportes; y
  • Contenidos generados por los usuarios, como documentos, textos, imágenes y otros contenidos.

Categorías especiales de datos

El importador de datos puede procesar todas las categorías de datos personales sensibles descritos en la Directiva 95/46/CE si éstos son compartidos o cedidos voluntariamente por el exportador de datos o los usuarios.

Operaciones de procesamiento

Los datos personales transferidos pueden ser objeto de las siguientes actividades de tratamiento:

  • proporcionando los Servicios y/o el Software al Exportador de Datos;
  • proporcionar apoyo técnico y de otro tipo para que el Exportador de Datos pueda utilizar los Servicios y/o el Software; y
  • proporcionar apoyo al servicio de atención al cliente del exportador de datos.

Descripción de las medidas de seguridad técnicas y organizativas aplicadas por el Importador de Datos de conformidad con las cláusulas 4(d) y 5(c) (o documento/legislación adjunta):

  • Los empleados y contratistas del Importador de Datos deben recibir formación en relación con las medidas de seguridad técnicas y organizativas específicas;
  • Los datos personales deben almacenarse en servidores seguros detrás de cortafuegos;
  • Los sistemas corporativos y las bases de datos deben estar protegidos por contraseña;
  • Las contraseñas de los usuarios se cifrarán con hash y sal y se almacenarán en una base de datos independiente;
  • Segregación y limitación de los permisos de acceso de los empleados; y
  • Supervisión activa y automatizada de los registros de acceso críticos y detección de anomalías.

Descargar una copia